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 Ley de Nacionalización General y Gratuita de la Enseñanza de Cuba de 1961 ( Ley - s/n 1961 )

Aprobación : 06-06-1961

Reseña 
Normativa medianta la cual el Estado cubano declara que la educación es un bien público y de acceso gratuito. Será deber del Estado garantizar estas disposiciones.

Extracto 
ARTÍCULO 1.- Se declara pública la función de la enseñanza y gratuita su prestación. Corresponde al estado ejercer dicha función a través de los organismos creados al efecto con arreglo a las disposiciones legales vigentes.

ARTÍCULO 2.- Se dispone la Nacionalización y por consiguiente se adjudican a favor del Estado cubano, todos los centros de enseñanza que a la promulgación de esta Ley sean operados por personas naturales o jurídicas privadas, así como la totalidad de los bienes, derechos y acciones que integran los matrimonios de los citados centros.


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